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Fw: La Justicia le dio la razón a AGMER: el CGE no puede realizar descuentos a los docentes sin autorización

 

 

Paraná, 7 de abril de 2016

 

La Justicia le dio la razón a AGMER: el CGE no puede realizar descuentos a los docentes sin autorización

 

En un fallo favorable a AGMER, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) advirtió al CGE que no puede realizar descuentos a los docentes sin autorización previa de una ley, sentencia o acto administrativo. Fue en el marco de los juicios de amparo promovidos por AGMER contra el CGE por los descuentos que arbitrariamente se venían aplicando sobre los haberes de trabajadores docentes.

 

AGMER decidió promover las acciones de amparo luego de constatar que a algunos docentes les fue descontado hasta el 20% de sus sueldos, por errores de liquidación en períodos anteriores. Las acciones comenzaron a llevarse adelante en enero de este año, entendiendo que tal descuento se realizó compulsivamente, sin aviso previo, y por lo tanto sin posibilidad de que los trabajadores afectados realizaran su descargo o pautaran la manera de reintegrar los montos mal percibidos.

 

Tras ser apelado por el CGE  los fallos de primera instancia, la sala de Procedimientos Constitucionales y Penales del STJ  confirmó los fallos a favor de nuestro sindicato, determinado que los descuentos aplicados por el CGE son ilegales. Además, el Superior Tribunal descalificó a la Resolución Nº 173/16,  que "trata de explicar la inexplicable circunstancia de haber pagado por años servicios docentes que no se habrían prestado a un cúmulo indefinido e indeterminado de personas", sostiene textualmente el fallo. Y precisa: "Emerge de manera incontrastable que los descuentos de haberes practicados, no fueron dispuestos por un acto administrativo válido, no se cursó intimación ni notificación alguna (…) ni se ha otorgado intervención a los docentes involucrados (…) de modo de brindar a éstos posibilidad de conocer y ejercer sus derechos constitucionales de defensa en un marco de legalidad mínimamente sustentatorio de semejante decisión que afecta directamente la integridad de la remuneración, con su esencial carácter alimentario…".

 

Precisamente, la demanda de AGMER es que el CGE emita una resolución que contenga todas esas precisiones y exigencias administrativas previas a la aplicación de cualquier tipo de descuento.

 

El fallo del STJ señala con claridad que los montos oportunamente abonados de más a los docentes afectados por esta situación se producen "exclusiva y excluyentemente por el propio error del CGE, no siendo imputable a los actores  la falta de organización y control de la administración sobre las liquidaciones a su personal". Y afirma que "la detracción unilateral e inesperada del 20% del salario de un docente o agente de la administración, produce naturalmente una lesión sustancial a su derecho constitucional a la percepción íntegra de su salario que reviste eminente carácter alimentario, quedando de tal manera palmariamente demostrada la  arbitrariedad e ilegitimidad".

 

 

Fabián Peccín – Sec. General – AGMER CDC

Alejandro Bernasconi – Sec. Adjunto – AGMER CDC

 

 




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