ACLARACIÓN ACERCA DE EXCEPCIONES A REGULARIZACIÓN DE DOCENTES DESIGNADOS POR ARTÍCULO 80
Ante diversas consultas recibidas acerca de la prórroga para regularizar las designaciones por Artículo 80 hasta la puesta en vigencia de las nuevas credenciales, AGMER Seccional Uruguay recuerda que aquellos docentes designados por artículo 80 en materias que no figuran en las credenciales actuales (como por ejemplo Artes Visuales, Geografía Ambiental, etc.) al momento de recibir la nueva credencial con competencia docente para la asignatura en la que están designados por artículo 80 deberán pedir el cambio de situación de revista.
Este cambio de situación de revista solo procederá para aquellos docentes que en la nueva credencial tengan competencia docente para la asignatura que vienen dictando y que no figuraba en la anterior credencial siendo estos los únicos casos en los que no saldrán a concurso las horas designadas por Artículo 80.
La normativa que dispone este cambio de situación de revista es la Resolución 934/10.
Los horas cubiertas por docentes designados por artículo 80 en materias que si figuran en las actuales credenciales deberán salir a concurso al momento de ponerse en vigencia las nuevas credenciales.
Comisión Directiva Departamental
Enviado por: <general@agmeruruguay.com.ar>
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