Ir al contenido principal

RECHAZAMOS IMPUESTO A LAS GANANCIAS

 

RECHAZAMOS IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Desde la Seccional Uruguay de AGMER manifestamos nuestra preocupación porque con las últimas medidas tomadas por el Gobierno Nacional son más los trabajadores activos y jubilados en ser alcanzados por el llamado "impuesto a las ganancias".

Este impuesto fue reiteradamente repudiado en los últimos años y ahora nos encontramos con que en lugar de avanzarse en su modificación para que los trabajadores no tributen, se marcha en sentido contrario.

Esto se da porque al aumentarse el mínimo no imponible se deroga el Decreto 1242/13 que exceptuaba del pago a aquellos trabajadores activos y jubilados que en Enero de 2013 percibían un sueldo nominal menor a 15.000 pesos. Si bien se aumenta el mínimo no imponible, ese aumento es menor al aumento que tuvieron los sueldos y mucho menor a la inflación y por lo tanto son cada vez más los trabajadores que deben pagar el impuesto.

Preocupa en especial la situación de los jubilados, puesto que son muchos los que comenzaron a pagar "ganancias" desde este año y es lamentable que siempre sean quienes trabajaron toda su vida los más perjudicados por las medidas de la AFIP. Preocupa también que estas disposiciones del Ejecutivo Nacional sean retroactivas a Enero y que se descuente por recibo ese retroactivo.

Esta medida tomada por Decreto está siendo revisada en el Congreso Nacional. Demandamos al Ejecutivo y el Legislativo  Nacional que se modifique la ley para que ningún trabajador, ni activo ni jubilado, tenga que pagar "ganancias" y exigimos que si está medida demora, se arbitren los medios para que en lo inmediato se retrotraiga la situación para que ningún nuevo trabajador sea alcanzado por este impuesto y que no se aumente el dinero a pagar para nadie.

LORENA MOLINA                                               GUSTAVO BLANC

Sec Adjunta                                                        Sec General

Comisión Directiva Departamental

__._,_.___

Enviado por: "Prensa AGMERUruguay" <prensa@agmeruruguay.com.ar>
Responder mediante la Web Responder a remitente Responder a grupo Crear un tema nuevo Mensajes con este tema (1)

.

__,_._,___

Comentarios

Entradas populares de este blog

diseño curricular primaria

    Resolución 475/11: Diseño Curricular de la Educación Primaria de Entre Ríos Debido al gran tamaño del archivo hemos tenido que dividirlo en partes, tendrán que ir pasando de una a otra y cada una tarda unos segundos en bajar. Resolución 475/11 parte 1 Resolución 475/11 parte 2 Resolución 475/11 parte 3 Resolución 475/11 parte 4 Resolución 475/11 parte 5 Resolución 475/11 parte 6 Resolución 475/11 parte 7   Si no funcionan estos link, buscalos en www.agmeruruguay.com.ar  

Fw: Socializamos Resolución 0778/17 CGE [Archivo adjunto 1]

  [Más abajo se incluyen archivos adjuntos de Prensa AGMERUruguay]   Paraná; 17 de marzo de 2017.   Crxs. Secretarixs Generales:   Enviamos para su conocimiento y socialización copia de la Resolución 0778/17 CGE , facilitada por nuestro compañero Vocal representante por AGMER en Jurado de Concursos de Nivel Superior, que establece que la vigencia de los órdenes de prelación para suplencias en los cargos de ascenso de Educación Superior evaluados por Jurado de Concursos será de 24 meses contados a partir de la fecha de su emisión.   Fraternalmente,   Ana Delaloye Secretaria de Educación AGMER – C.D.C.     __._,_.___ Archivos adjuntos de Prensa AGMERUruguay | Ver archivos adjuntos en la Web. Archivo 1 de 1 ...

SIMULADORES SALARIALES

  SIMULADORES SALARIALES EN NUESTRA PÁGINA WEB Comunicamos que en nuestra página web   www.agmeruruguay.com.ar ya se encuentran los simuladores actualizados con la última oferta salarial. Estos simuladores son de elaboración propia y ofrecen la posibilidad de calcular los sueldos de todos los cargos del escalafón con las diferentes antigüedades. Hay dos simuladores, uno para trabajadores activos y otro para docentes jubilados. Prensa AGMER Uruguay __._,_.___ Enviado por: Gustavo Blanc <gustavoblanc414@gmail.com> Responder mediante la Web • Responder a remitente • Responder a g...