DOCENTES DESIGNADOS EN ESPACIOS QUE NO HAY CREDENCIALES: CONTINUIDAD
Desde la Seccional Uruguay comunicamos a los docentes que tiene plena vigencia la Resolución 391/12 del Consejo General de Educación que dispone que las designaciones efectuadas por artículo 80 del Estatuto del Docente Entrerriano en aquellos espacios curriculares que no cuentan con credencial de puntaje y que figuren en la Resolución 300/13, como por ejemplo Artes Visuales, tienen continuidad hasta que se emitan las nuevas credenciales de puntaje. Por lo tanto estos docentes no cesan a final del ciclo lectivo.
Por otra parte recordamos también que según la legislación vigente un docente designado por artículo 80 nunca puede ser desplazado por otro docente designado por artículo 80 y que por lo tanto si al llamarse un cargo cubierto de esta manera a concurso, de no presentarse nadie con credencial se le debe dar continuidad al docente que venía desempeñándose en el cargo
LORENA MOLINA GUSTAVO BLANC
Sec Adjunta Sec General
Comisión Directiva Departamental
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