DOCENTES DESIGNADOS EN ESPACIOS QUE NO HAY CREDENCIALES:   CONTINUIDAD
Desde la Seccional Uruguay comunicamos a los docentes   que tiene plena vigencia la Resolución 391/12 del Consejo General de Educación   que dispone que las designaciones efectuadas por artículo 80 del Estatuto del   Docente Entrerriano en aquellos espacios curriculares que no cuentan con   credencial de puntaje y que figuren en la Resolución 300/13, como por ejemplo   Artes Visuales, tienen continuidad hasta que se emitan las nuevas credenciales   de puntaje. Por lo tanto estos docentes no cesan a final del ciclo   lectivo.
Por otra parte recordamos también que según la   legislación vigente un docente designado por artículo 80 nunca puede ser   desplazado por otro docente designado por artículo 80 y que por lo tanto si al   llamarse un cargo cubierto de esta manera a concurso, de no presentarse nadie   con credencial se le debe dar continuidad al docente que venía desempeñándose en   el cargo
LORENA MOLINA                                          GUSTAVO BLANC
Sec Adjunta                                                     Sec General
Comisión Directiva   Departamental
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