Ir al contenido principal

CIRCULAR N° 14 /2015

 

CIRCULAR N° 14 /2015

Jurado de Concursos Nivel primario C.G.E.

 

PARA: DIRECCIONES DEPARTAMENTALES DE ESCUELAS

FECHA: 24 de septiembre de 2015.-

ASUNTO: CARGADO DE ANTECEDENTES CULTURALES

 

Teniendo en cuenta que a la fecha se encuentra abierta la inscripción a Concurso Ordinario de NIVEL INICIAL, NIVEL PRIMARIO Y SUS MODALIDADES Jurado de Concursos informa que sobre la "Valoración de la Formación Docente Continua" se tiene en cuenta la aplicación del Artículo 53º de la Resolución Nº 1000/13 C.G.E. "Las acciones de Formación Docente Continua realizadas como participantes o responsables, podrán presentarse y ser evaluadas hasta los cinco (05) años posteriores a la emisión de la certificación de las mismas, con excepción de la primera inscripción". Los últimos cinco años abarca el periodo comprendido entre el 03/10/2010 al 02/10/2015.

 

Los Antecedentes Culturales comprendidos entre el 01/07/2011 al 02/10/2015 se deberán cargar en la web según convocatoria Resolución N° 3227/15 C.G.E. y Resolución N° 3276/15 C.G.E.

Los Antecedentes Culturales correspondientes al periodo del 03/10/2010 al 30/06/2011 que no hayan sido cargados en el Concurso Ordinario anterior N°146 se remitirán, como copias autenticadas, junto a la inscripción a Jurado de Concursos para su registro, a través de las Direcciones Departamentales, durante el periodo de inscripción.

Los Antecedentes Culturales que tienen sellos de EVALUADOS no deben ser nuevamente cargados.

Los Antecedentes Culturales incorporados en la inscripción de nivel secundario no deben volver a cargarse como tampoco los ingresados en la instancia de oposición.

Los títulos y postítulos (Diplomaturas, Especializaciones Docentes y Actualizaciones académicas) deben registrarse e incorporarse en R.R.H.H del C.G.E.

Los docentes que se inscriben por primera vez pueden incorporar todo lo que tengan como antecedentes culturales. Aquellos con fechas anteriores al 01/07/2011 enviarlos, a través de las Direcciones Departamentales, debidamente autenticados a Jurado de Concursos junto a la ficha de inscripción y el resto de antecedentes culturales incorporarlos a través de la página web, durante el periodo de inscripción.

__._,_.___

Enviado por: "Prensa AGMERUruguay" <prensa@agmeruruguay.com.ar>
Responder mediante la Web Responder a remitente Responder a grupo Crear un tema nuevo Mensajes con este tema (1)

.

__,_._,___

Comentarios

Entradas populares de este blog

diseño curricular primaria

    Resolución 475/11: Diseño Curricular de la Educación Primaria de Entre Ríos Debido al gran tamaño del archivo hemos tenido que dividirlo en partes, tendrán que ir pasando de una a otra y cada una tarda unos segundos en bajar. Resolución 475/11 parte 1 Resolución 475/11 parte 2 Resolución 475/11 parte 3 Resolución 475/11 parte 4 Resolución 475/11 parte 5 Resolución 475/11 parte 6 Resolución 475/11 parte 7   Si no funcionan estos link, buscalos en www.agmeruruguay.com.ar  

intersindical de Uruguay

Se conformó la intersindical de Uruguay Con gran presencia de militantes de todos los sectores en el local de AGMER, se dio lectura al documento de conformación de la intersindical de Uruguay   hacer clic para ampliar     Concepción del Uruguay, 2 de septiembre de 2009   Documento intersindical de Concepción del Uruguay    Ante la situación en que nos han puesto a los trabajadores, declaramos: 1. Las organizaciones sindicales rechazarán de modo frontal cualquier instrumentación de "ajuste" o "emergencia" si no se produce un debate previo y urgente de prioridades y no se dan mecanismos de control sobre el gasto político prebendario y los nichos de corrupción. 2.- Alerta inmediata a la población haciéndole conocer que gran parte de las "escaseces" del Estado en materia presupuestaria son teatrales, y preparan un escenario de dramatismo para justificar sólo restricciones salariales: no se ve en ningún punto del aparato político
LAS GUARDIAS DEBEN SER MÍNIMAS E INDISPENSABLES   victor   Titulares   Comentarios desactivados en LAS GUARDIAS DEBEN SER MÍNIMAS E INDISPENSABLES Desde la Seccional Uruguay de AGMER exhortamos al Consejo General de Educación para que en forma inmediata establezcan los mecanismos para que se cumpla el Artículo 2 de la Resolución 674 que dispone que hasta el 31 de Marzo la presencia del personal directivo, docente, administrativo y de maestranza debe ser mínima e indispensable. Advertimos a las autoridades del CGE y a su Presidente que no respetar dichas guardias, citando a todo el personal contradice las recomendaciones de comité de expertos que asesora al Gobierno Nacional de reducir al máximo la circulación de personas, contribuyendo con ello a la propagación de la pandemia. Hacemos responsables a las autoridades del Consejo General de Educación que en caso de no cumplir con lo dispuesto. Advertimos que, de corresponder, denunciaremos ante las autoridades sanitarias la conduc