Jardines maternales en Secundarios de Adultos
Incumplimiento de la ley de Educación
Desde la Seccional Uruguay de AGMER denunciamos otro incumplimiento de la ley por parte del gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
Históricamente desde AGMER hemos planteado la necesidad de acompañar a las escuelas de adultos con un jardín maternal para solucionar los problemas generados para los estudiantes con hijos.
Esta demanda tiene su sustento en el hecho de que gran cantidad de los estudiantes que concurren a dichas escuelas son madres o padres de niños pequeños y a la hora de concurrir al cursado de clases el tema de dejar a los hijos se transforma en un problema de difícil solución, algunas veces se arregla con ayuda de los familiares, pero esta solución debe durar al menos 3 años.
Otras veces concurren a las escuelas con los hijos, lo que representa un gran inconveniente para el estudiante y también para sus hijos. En muchas situaciones la lamentable solución es el ABANDONO de los estudios. Es así como año a año vemos a estudiantes con grandes motivaciones para continuar sus estudios que tienen que tomar la triste decisión de abandonar por no solucionar el problema de los hijos.
Pero desde el 2.008 en nuestra provincia este tema debería estar absolutamente solucionado, desde ese año está en vigencia la Ley Provincial de Educación 9890. La misma establece en su artículo 43: "El Consejo General de Educación garantizará en escuelas secundarias de adultos el funcionamiento de jardines maternales con el propósito de asegurar la permanencia y egreso de los alumnos y alumnas".
Han pasado ya tres años desde la sanción de la ley y este artículo continúa sin ser cumplido, lo que significa que cientos de madres de nuestra provincia han tenido que abandonar sus estudios por el incumplimiento de parte del estado provincial de la ley provincial de educación.
Desde AGMER Seccional Uruguay hemos comenzado a convocar a las comunidades educativas de las escuelas secundarias de adultos y lo volvemos a hacer por este medio, para exigir entre todos el cumplimiento de la ley, para que en todas y cada una de las escuelas secundarias de adultos de la provincia, el Consejo General de Educación se haga cargo de la apertura de salas de Jardines Maternales, con la necesaria infraestructura y la creación de los cargos de docentes de Nivel Inicial para llevar adelante la tarea.
Convocamos a todos los miembros de las comunidades educativas de las escuelas secundarias de adultos a ponerse en contacto con nosotros para organizar la demanda hasta lograr la inmediata apertura de jardines maternales.
También ponemos de manifiesto que el no cumplir con este articulo de la ley provincial de educación atenta contra el derecho a estudiar de jóvenes y adultos y es contradictorio que mientras por un lado se establezca que el cursado del nivel medio es obligatorio por otro lado no se creen por parte del Estado las condiciones necesarias para que sectores postergados de nuestra sociedad puedan cursar sus estudios.
Es por lo expuesto que desde AGMER Uruguay exigimos el inmediato cumplimiento por parte del Estado Provincial del artículo 43 de la Ley de Educación 9890 y que como consecuencia de esto se creen los jardines maternales en todas las escuelas de adultos de la provincia.
LORENA MOLINA GUSTAVO BLANC
Sec. Gremial Sec. General
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