Paraná, 10 de agosto de 2010.
INFORME VOCALES JURADO DE CONCURSOS
EDUCACIÓN SECUNDARIA
Compañeros/as:
Atentos a la puesta en vigencia de
·
· La puesta en vigencia de una Credencial de Puntaje más actualizada, luego de haber reimpreso alrededor de 23.000 Credenciales es un logro producto del trabajo colectivo de los Vocales de Jurado de Concursos.
· En relación a
1. Que
2. En referencia a lo expresado en el Art. 5º , como Vocales gremiales, recordamos que
3. Informamos además que como Representantes de los Trabajadores hemos solicitado en reiteradas oportunidades el listado de los docentes que revistan en carácter de Idóneos y que se encuadran en la mencionada Resolución. (1927/10) sin haberlo obtenido.
4. Como Representantes de los Trabajadores del Jurado de Concursos en el Nivel Secundario ponemos en conocimiento de los Trabajadores de
· Es necesario tener en cuenta
· Se rectificaron todas
· Como hay docentes con Credenciales enviadas en distintos momentos, si es necesario, el directivo y/o Supervisor puede verificar en
· Para los concursos de Cargos de Conducción tener en cuenta el Decreto 2521/95 y
En relación a los reclamos recibidos por la solicitud del comprobante de desempeño para concursar en espacios de Enseñanza Práctica de Oficios o el uso de instrumental para los cargos de Maestro de Taller, Instructor de Producción Animal y Vegetal, Taller de Actividades Prácticas y otros de las Escuelas Técnicas; decimos:
- Que
- Que la adjudicación debe hacerse en virtud de la sola presentación de la credencial de puntaje correspondiente, tal lo cual lo expresa
- Que se ratifica la validez de lo normado por el Decreto Nº 2521 de 1995 en su Artículo 162 que establece claramente que la certificación del desempeño durante un período no menor a dos años en horas cátedra o en cargos de la actividad específica, ya sea en organismos oficiales, como en la actividad privada es al momento de la inscripción.
Así mismo hacemos propicia esta oportunidad para reafirmar nuestra convicción en la defensa de la validez del Decreto 2521 de 1995 como norma concursal, en resguardo de la igualdad de derechos que como docentes nos asisten, convencidos de que cualquier diferencia genera situaciones equívocas, tendientes a otorgar preferencias contrarias a la dignidad de la carrera docente.
VOCALES JURADO DE CONCURSOS
EDUCACIÓN SECUNDARIA
Nora Mian;
Sergio Peralta;
Silvia Garnier;
Luis Gómez.
Comentarios