CONOZCAMOS NUESTROS DERECHOS, AUN PARA LOS PEORES MOMENTOS
La Seccional Uruguay de AGMER comunica a los afiliados, y a los docentes en general, que los trabajadores de la educación tenemos los siguientes derechos:
- En el caso de los titulares y Suplentes en Cargo Vacante: a tener un seguro de vida, ley 3011, derecho que tienen todos los empleados de la provincia con estabilidad laboral. Este seguro de vida viene descontado en el código 510. El monto del descuento es variable porque depende de la cantidad de fallecimientos que hay durante el mes pero nunca puede superar el 5 %.
DOS ASPECTOS IMPORTANTES:
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Si un docente Suplente Cargo Vacante o titular no tiene este descuento en su recibo puede reclamarlo por la vía jerárquica y gremial, y todos los docentes que tengan este descuento deben realizar la póliza del seguro (trámite que se puede realizar en la seccional Uruguay de AGMER).
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Para que en caso de un suceso de fallecimiento los deudos puedan percibir el seguro de vida en el recibo debe figurar el código de descuento 510, en caso de no figurar, se perderán todos los derechos al no haber sufrido los descuentos correspondientes. En el caso de docentes con horas cátedra, si el mismo aparece solo en algunas horas, al momento de percibirse el seguro de vida, solo se hará por esa cantidad de horas correspondiente.
- Todos los docentes podemos aportar para tener derecho a cobrar un subsidio por fallecimiento del IOSPER. El descuento para este subsidio se realiza en el código 317 y el tramite para tenerlo se hace en la delegación local del IOSPER.
- También tenemos la posibilidad de realizar aportes para cobrar un subsidio por fallecimiento del Instituto Autárquico Provincial del Seguro, el trámite respectivo se realiza en las oficinas del I.A.P.S. Para los docentes jubilados este aporte es obligatorio y por lo tanto el descuento se realiza de manera compulsiva a los pasivos y figura en el código 713.
Recordamos que estos derechos son para todos los docentes, tanto dependientes de UADER como del CGE
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