Ir al contenido principal

Informe sobre montos en negro julio 2008

Informe sobre montos en negro del salario docente de la provincia de Entre Ríos

Julio de 2.008

 

Ante la información publicada en el diario La Prensa Federal de Concepción del Uruguay el día jueves 17 de Julio, creemos necesario aclarar respecto a la composición del salario docente en la provincia de Entre Ríos.

En dicho artículo se menciona que desde Paraná se informó que los docentes no perciben montos en negro, lo cual es incorrecto y lo demostraremos a continuación.

 

Para clarificar la situación salarial entendemos que lo más sencillo es la publicación de un recibo de sueldos, el cual se adjunta. En el mismo aparecen varios códigos de pagos de haberes, algunos abonados desde la provincia y otros desde el estado nacional.

 

CODIGO

PORCENT

CONCEPTO

HABERES

DESCUENTOS

001

 

Asignación de la categoría

611,73

 

002

 

Complemento de Básico

107,10

 

006

 

Adic. Art. 2 y 3 Dcrto. 5863/05

80

 

014

 

Product. Dcrto. 5863/05

5,6

 

188

7%

Plus productividad docente

50,32

 

172

 

Adicional para mínimo

461,60

 

 

 

Total provincia

1316,35

 

084

1

Anticipo FONID

110

 

113

1

Ant. Comp Nación

100

 

 

 

Total haberes

1526,35

 

502

16,0%

 Ap jubilat

 

-136,76

504

0,6%

 Ley 4035

 

-5,13

505

3,0%

Ob social

 

-25,64

 

 

Descuentos

 

-167,53

 

 

Sueldo líquido

1358,82

 

 

Las características de esos códigos son las siguientes:

Abonados por el estado provincial:

001 y 002, Sueldo Básico y Complemento de Básico: Son abonados en Blanco, son Remunerativos y Bonificables.

006: Monto remunerativo y no bonificable.

014 y 188, Montos de productividad o presentismo: Son montos que se pierden si el docente tiene problemas de enfermedad y no puede concurrir a su trabajo.

172, Adicional para mínimo: Es un monto en negro que se abona para llegar al mínimo, por lo tanto va disminuyendo a medida que el docente mejora su salario por antigüedad o ascensos.

Es no remunerativo y no bonificable.

084 y 113, montos en negro abonados por el estado nacional: Tienen el mismo valor para todos los cargos y antigüedades. Son no remunerativos y no bonificables.

Total de Montos en Blanco o solo remunerativos: $ 854,75

Total Descuentos sobre montos en Blanco y solo remunerativos: $ 167,53

 

Sueldo de Bolsillo correspondiente a montos en Blanco y solo remunerativos: $ 687,22

 

Sueldo de Bolsillo abonado totalmente en negro: $ 671,60

 

En síntesis, el maestro entrerriano sin antigüedad cobra el 50,5 % de su salario en blanco o solo remunerativo y el 49,5 % de su salario en negro.

 

Como resultado de esta composición salarial encontramos consecuencias legales gravísimas:

El estado, provincial y nacional, evade aportes al sistema jubilatorio y a las obras sociales que representan la mitad del salario docente, por cada salario de maestro aporta $ 167,53 y evade la misma suma, lo que se traduce en una evasión total de alrededor de $ 330 si contamos los aportes personales y los aportes patronales.

 

Hasta aquí he analizado solo el salario del maestro sin antigüedad, si analizamos los demás salarios docentes nos encontramos que disminuye la proporción de montos en negro, pero esto no se debe a que los mismos se blanqueen, sino a que se pierde el adicional para mínimo, con lo cual esta disminución se contrapone a las mejoras previstas por antigüedad o ascenso. De esta forma nos encontramos con el maestro con el máximo de antigüedad que tiene un 10 % de montos en negro, pero dicha mejora porcentual se debe a la pérdida de su salario en negro. La consecuencia de esta distorsión se traduce en que mientras la legislación establece que su salario debe contener un 120 % de mejora en concepto de antigüedad, solo contiene un 55 % de diferencia respecto al maestro que recién se inicia.

Las misma situaciones distorsivas encontramos en los cargos de ascenso y en las horas cátedra, los cuales se calculan respecto a un salario inicial de $ 687 y no de $ 1358, dado que para su cálculo se construye la escala salarial vigente solo sobre los montos en blanco del salario inicial y disminuye el porcentaje en negro sencillamente porque los mismos se pierden.

 

La situación de los activos se traduce íntegramente a los haberes de los docentes jubilados, con el agravante que además se pierden $ 210 por cargo que son los montos aportados por el estado nacional que no llegan a los haberes de los pasivos.

 

Por todo lo demostrado anteriormente, afirmamos que el salario testigo de los docentes entrerrianos es de $ 687 y a esto se agregan subsidios a la pobreza a los salarios menores, de esta forma es imposible recuperar los más de 30 años de destrucción del sistema educativo, que además como sabemos, se encuentra en profunda crisis su infraestructura edilicia, que cada vez son menos los jóvenes que eligen la carrera docente llegando a faltar docentes para la cobertura de cargos.

 

Por esto le decimos al gobierno que entendemos claramente cuando dice que no puede pagar un salario justo y en blanco porque el presupuesto no le alcanza, pero no aceptamos la solución que nos propone que es mantener un sueldo básico que es la mitad de la línea de la pobreza, exigimos que se modifique el presupuesto para poder abonar salarios dignos y legales, para invertir en infraestructura lo necesario y no lo poco que se invierte, para garantizar los materiales didácticos en todas las escuelas, etc.

A la responsabilidad del estado provincial se suma la del estado nacional, quién debe garantizar los servicios esenciales de salud y educación mediante la concreción de la necesaria distribución de la riqueza, mediante una coparticipación federal que garantice a las provincias los fondos para cumplir con sus obligaciones indelegables.

 

Ante tal situación de la escuela pública, ¿cuál debe ser la actitud de los docentes luego de muchos años de afrontar esta situación injusta?, ¿cuál debe ser la actitud de la sociedad toda que es profundamente limitada en sus derechos?

El lector tiene la respuesta.

 

Víctor Hugo Hutt

Prosecretario de Prensa

AGMER Uruguay

Miembro de la Comisión de Salario de AGMER

Comentarios

Entradas populares de este blog

diseño curricular primaria

    Resolución 475/11: Diseño Curricular de la Educación Primaria de Entre Ríos Debido al gran tamaño del archivo hemos tenido que dividirlo en partes, tendrán que ir pasando de una a otra y cada una tarda unos segundos en bajar. Resolución 475/11 parte 1 Resolución 475/11 parte 2 Resolución 475/11 parte 3 Resolución 475/11 parte 4 Resolución 475/11 parte 5 Resolución 475/11 parte 6 Resolución 475/11 parte 7   Si no funcionan estos link, buscalos en www.agmeruruguay.com.ar  

intersindical de Uruguay

Se conformó la intersindical de Uruguay Con gran presencia de militantes de todos los sectores en el local de AGMER, se dio lectura al documento de conformación de la intersindical de Uruguay   hacer clic para ampliar     Concepción del Uruguay, 2 de septiembre de 2009   Documento intersindical de Concepción del Uruguay    Ante la situación en que nos han puesto a los trabajadores, declaramos: 1. Las organizaciones sindicales rechazarán de modo frontal cualquier instrumentación de "ajuste" o "emergencia" si no se produce un debate previo y urgente de prioridades y no se dan mecanismos de control sobre el gasto político prebendario y los nichos de corrupción. 2.- Alerta inmediata a la población haciéndole conocer que gran parte de las "escaseces" del Estado en materia presupuestaria son teatrales, y preparan un escenario de dramatismo para justificar sólo restricciones salariales: no se ve en ningún punto del aparato político
LAS GUARDIAS DEBEN SER MÍNIMAS E INDISPENSABLES   victor   Titulares   Comentarios desactivados en LAS GUARDIAS DEBEN SER MÍNIMAS E INDISPENSABLES Desde la Seccional Uruguay de AGMER exhortamos al Consejo General de Educación para que en forma inmediata establezcan los mecanismos para que se cumpla el Artículo 2 de la Resolución 674 que dispone que hasta el 31 de Marzo la presencia del personal directivo, docente, administrativo y de maestranza debe ser mínima e indispensable. Advertimos a las autoridades del CGE y a su Presidente que no respetar dichas guardias, citando a todo el personal contradice las recomendaciones de comité de expertos que asesora al Gobierno Nacional de reducir al máximo la circulación de personas, contribuyendo con ello a la propagación de la pandemia. Hacemos responsables a las autoridades del Consejo General de Educación que en caso de no cumplir con lo dispuesto. Advertimos que, de corresponder, denunciaremos ante las autoridades sanitarias la conduc